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Reliquidación para pensionados del ISS y Colpensiones, una puerta que no se cierra

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Reliquidación para pensionados del ISS y Colpensiones, una puerta que no se cierra

La reliquidación para pensionados del ISS y Colpensiones puede ser solicitada en cualquier tiempo para quienes consideran no les fue liquidada su pensión de manera adecuada quedó por debajo de sus expectativas pensionales; por lo anterior podrá solicitar reliquidación pensional si se encuentra en alguno de los siguientes escenarios:

Pensionados antes del año 2012 por el ISS:

Este trámite lo pueden solicitar aquellas personas que fueron pensionadas antes del 2012, pensión que les fue otorgada por el  Instituto de los Seguros Sociales; en la cual el ISS, en muchos casos,  no liquido estas pensiones con el mejor IBL (Ingreso Base de Liquidación), la ley más favorable (decreto 758 de 1990, ley 33 de 1985 o la ley 71 de 1988) o por no tener en cuenta todas las semanas cotizadas por el pensionado, con la cual podría acceder a que le liquidaran con toda su vida laboral, donde en muchas ocasiones es mejor que el promedio de los últimos 10 años.   

Pensionados después del 2012 por Colpensiones

También puede ser solicitada esta reliquidación pensional, por aquellos pensionados posteriores a 2012; pensión que fue otorgada por la Administradora Colombiana de Pensiones-Colpensiones, en los casos en que los pensionados contaban con más de 1800 semanas, y no se les tuvieron en cuenta al momento de otorgar la tasa de reemplazo, ya que esta entidad pensional, solo reconocía hasta 500 semanas adicionales, y que de acuerdo con la reciente postura de Corte Suprema de Justicia Sala Laboral en Sentencia 3501-2022, donde argumenta que Colpensiones a estado realizando la liquidación de las pensiones de manera errática, por una interpretación errónea en la norma.

Pensionados que perdieron el régimen de transición

Por último La Corte Suprema de Justicia, Sala Laboral, en Sentencia SL 2929 del 18 de mayo de 2022,  abrió la puerta para aquellos pensionados, que aún habiendo realizado  el traslado a un fondo privado y retornaron a los Seguros Sociales hoy Colpensiones, y que se les reconoció su derecho pensional de acuerdo a la Ley 100 de 1993 modificada por la Ley 797 de 2003, pueda recuperar el Régimen de Transición, solicitando la anulación de este traslado, argumentando la falta de información por parte del fondo pensional privado.

Desde UL&T estamos comprometidos con mejorar el bienestar de los pensionados, ayudándoles a gestionar esta reliquidación para pensionados del ISS y Colpensiones, la cual puede ser solicitada en cualquier tiempo

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