Desde la entrada en vigor de la Ley 100 de 1993, y con la reforma que se le realizo a esta, por medio de la Ley 797 de 2003, se establecieron parámetros para calcular la mesada pensional y la tasa de reemplazo aplicable según cada caso por lo que a continuación abordaremos la posibilidad de alcanzar el 80% de la Tasa de Reemplazo .
El legislador busco con esta reforma pensional establecer un piso y un techo en la tasa de reemplazo, que oscilaba entre un mínimo del 55% y un máximo de 80%. Cuando se trate de un IBL (Ingreso Base de Cotización) del salario mínimo, la mesada pensional debe ser ajustada al 100% de acuerdo con el artículo 35 de la Ley 100 de 1993, “Pensión Mínima de Vejez o jubilación. El monto mensual de la pensión mínima de vejez o jubilación no podrá ser inferior al valor del salario mínimo legal mensual vigente.”
Pero ¿Cómo alcanzar el 80% de la tasa de reemplazo?
Uno de los requisitos indispensables para obtener la pensión es completar las 1300 semanas requeridas. Ahora, por cada 50 semanas adicionales a estas, se le otorga al futuro pensionado un 1.5% a la tasa de reemplazo.
Hasta la fecha, en Colpensiones estaba haciendo una errada interpretación de la norma, con respecto a imponer un tope de máximo 500 semanas adicionales, donde se estaba vulnerando el derecho adquirido de los pensionados, a que obtuvieran una mayor mesada pensional, gracias a los aportes que venían cotizando a través de los años.
A esta interpretación errada de la norma se le puso fin con la sentencia de la Corte Suprema de Justicia Sala Laboral, SL 3501 de 2022, con número de radicado 92207, donde señala que no hay un límite de semanas, para lograr alcanzar el tope máximo del 80%, en la tasa de reemplazo. Así, por ejemplo, una persona que cotizó 2000 semanas, se le debe tener en cuenta la totalidad de estas, para otorgarle la pensión, sin que esta supere la tasa de reemplazo máxima permitida.
Conforme a lo anterior, si usted es pensionado de Colpensiones, devengaba sobre dos salarios mínimos legales mensuales vigentes o más, tenía más de 1800 semanas en su Historia Laboral, tiene la posibilidad de solicitar una reliquidación de su mesada pensional para alcanzar el 80% de la tasa de reemplazo, buscando que le otorguen una superior a la que está recibiendo y que le reconozcan un importante retroactivo.
Un comentario